Perspectivas de un Tratado Sobre las Sociedades Transnacionales: Activismo Triunfalista vs. Realidad de los Hechos Esta evaluación de las perspectivas de lograr la aprobación y la puesta en vigencia de un Tratado que encuadre las actividades de las sociedades transnacionales es necesario ponerla en el contexto de la situación y de la relación de fuerzas mundiales, donde se puede constatar la omnipotencia del poder económico transnacional al cual todos los Estados se someten servilmente. De modo que escribir como lo hacen dos activistas en una nota que se puede encontrar en Viento Sur (https://webmail.sfr.fr/fr_FR/main.html#read/VF_newsletter/19264 ): « Debemos recalcar la fundamental participación activa y la presión política de los movimientos sociales, ONG y comunidades afectadas por violaciones de derechos humanos que lograron vencer el bloqueo de la UE y de otros Estados intentando hacer peligrar la continuidad del proceso » es totalmente subjetivo y ajeno a la realidad de los hechos y/o un intento de sobrevaluar el activismo de algunas ONGs. Además, es inexacto lo que se afirma en la misma nota : « Las recomendaciones de la presidencia no pueden ser modificadas ahora por ningún Estado ni ser bloqueadas por la Unión Europea o los Estados Unidos.", pues las Recomendaciones del Presidente -Relator, que ni siquiera están avaladas por las Conclusiones del Grupo de Trabajo, son sólo eso : Recomendaciones y el Consejo de Derechos Humanos está facultado - lobbying y presiones de las grandes potencias mediante- para dar por terminado el mandato del Grupo de Trabajo y, si viene al caso, nombrar un Relator Especial. Pensamos que es correcto llevar la discusión al seno de la ONU, como una manera de popularizar –un poco- la denuncia contra las STN. Pero debe estar necesariamente acompañada de la denuncia –dentro y fuera de la ONU- del papel negativo de los Estados – pese al discurso demagógico de algunos de ellos- y de los organismos decisorios en el seno de la ONU, que son instrumentos al servicio de las grandes potencias y del poder económico transnacional. Las declaraciones triunfalistas de algunos activistas y ONGs implican asumir la grave responsabilidad de engañar a las víctimas del poder económico transnacional en lugar de, como corresponde, tratar de ilustrarlas sobre los verdaderos alcances del problema. Por último, en el caso- muy improbable- de que se aprobara un Tratado –que de todas maneras sería muy licuado, cabe hacer notar que un Tratado es vinculante sólo para los Estados que lo firman y adhieren formalmente al mismo. De modo que hablar de “Tratado vinculante” es una redundancia, pues un Tratado es, de conformidad con el derecho internacional, siempre vinculante para los Estados que lo firman y adhieren al mismo con las formalidades que establece su derecho interno. Cuesta imaginar a los Gobiernos de las grandes potencias firmando y a sus respectivos Parlamentos ratificando luego la adhesión a un Tratado que ponga límites a las actividades de las sociedades transnacionales. Y que sancione las violaciones que cometan contra los derechos económicos, sociales y culturales y contra los derechos humanos en general |
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